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- Tutela Legal: Información Básica
- Como presentar una solicitud para obtener la tutela legal de un menor
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1. ¿Qué es un tutor legal?
De acuerdo con la ley estatal de Wisconsin, un tutor legal es un representante legal designado por el tribunal para cuidar y tener la custodia y el control de un menor. Un tutor tiene la responsabilidad de proporcionar a un menor educación, comida, cuidados médicos y dentales, así como un lugar donde vivir.
2. ¿Cuándo se designa a un tutor?
De acuerdo con la ley de Wisconsin, un tutor legal será designado por el juez cuando los padres de un menor sean incapaces de cuidar del mismo, o cuando estén maltratando, hayan abandonado o se rehúsen a cumplir con sus responsabilidades como padres de familia. También se designará a un tutor legal cuando no sea conveniente dar por terminada la Patria Potestad sobre el menor.
3. ¿Cuáles son los beneficios de una tutela?
Ser el tutor legal de un menor tiene muchos beneficios. A diferencia de los padres de crianza y aquellos que cuidan de menores familiares, los tutores legales tienen la capacidad de tomar decisiones relacionadas con el cuidado de los niños. Por ejemplo, tienen la autoridad para dar su consentimiento para que el menor contraiga matrimonio, se enliste en las fuerzas armadas, y para autorizar tratamiento médico. Los tutores legales tienen la custodia de los menores, al menos que los tribunales hayan decidido en contrario. Además, los tutores legales pueden reclamar a los menores como dependientes al presentar sus declaraciones de impuestos. La tutela también se contempla como una opción a soluciones permanentes. Por lo general, una vez que el tribunal otorga una tutela legal el expediente ante la Oficina de Beneficencia de Menores se cierra.
4. ¿Existen distintos tipos de tutela legal?
Sí. En Wisconsin, los dos tipos principales de tutela son la temporal y la permanente. La tutela temporal puede ser otorgada hasta por 60 días. El juez podrá alargar la vigencia de la tutela por un período adicional de 60 días más. La tutela permanente estará en vigor hasta que el menor cumpla 18 años.
La tutela conforme a la sección 48.977 se refiere únicamente a los niños que están bajo la jurisdicción de los tribunales determinarse que necesitan servicios de protección. La tutela de acuerdo con la sección 54.50 puede ser utilizada sin importar si existe, o no, una orden de protección.
5. ¿Se puede anular una tutela?
Sí. La designación de un tutor puede ser anulada bajo las siguientes circunstancias:
- Si el tribunal determina que el tutor no ha cumplido con sus obligaciones.
- Si cualquiera de los padres naturales del menor así lo solicitan, y demuestran que tiene la intención de cuidar del menor.
- Si el tutor decide renunciar, y el tribunal acepta esa renuncia. Un tutor puede renunciar en cualquier momento.
6. ¿Cuál es la diferencia entre adopción y tutela?
La tutela no es lo mismo que la adopción. Durante un proceso de adopción, los padres naturales pierden la patria potestad, y los padres adoptivos se convierten en los tutores legales del menor. Una de las consecuencias es que el menor se convierte en el heredero de los padres adoptivos. Una vez que la adopción es finalizada, los padres naturales ya no cuentan con derechos para visitar al menor.
La tutela no da por terminada la relación legal del menor para con sus padres naturales, y éstos aún cuentan con el derecho y la responsabilidad de visitar al menor. Además, las designaciones de tutelas pueden ser anuladas en cualquier momento. Los tutores tampoco tienen la obligación de dar cumplimiento a la inspección de la residencia (los padres adoptivos sí).
Visite www.dcf.wisconsin.gov/ para más información acerca del proceso de adopción.
7. Actualmente recibo ayuda financiera del estado para cubrir los gastos de cuidar de mis hijos de crianza. Si me convierto en su tutor legal, ¿podré seguir recibiendo ésta ayuda financiera?
Si el expediente del menor has sido cerrado y ya no son necesarios los servicios de protección, el tutor legal podrá recibir pagos bajo las siguientes circunstancias:
- Un padre de crianza que se convierte en el tutor legal de un menor familiar puede recibir pagos mensuales para subsidiar la tutela. (los subsidios de tutela se efectúan de acuerdo con la Iniciativa de Tutela como Permanencia para mejorar las posibilidades de obtener un hogar permanente para los menores que están fuera del cuidado de los padres).
- Una persona sin lazos familiares puede recibir subsidios por tutela si el juez determina que los pagos ayudan a lograr lo que más le conviene al menor.
Una vez que se otorga la tutela, los expedientes pueden permanecer abiertos, aunque esto es raro. Este tipo de tutelas se conocen como tutelas a largo plazo o extendidas. Cuando los expedientes permanecen abiertos, los servicios de protección de menores continúan activos. (Por ejemplo, los trabajadores sociales aún harán visitas incluso mucho tiempo después de que se otorgue una tutela). Puede ser que los tutores a largo plazo continúen recibiendo los pagos que recibían por ser padres de crianza o por cuidado familiar.
Actualmente los pagos de subsidio a la tutela sólo están disponibles en el condado de Milwaukee. Si usted no cumple con los requisitos para recibir subsidios a la tutela, y actualmente cuida de un menor familiar suyo, podría recibir pagos mensuales por cuidado familiar. Vea abajo.
Puede encontrar mas información sobre tutelas subsidiadas en www.dcf.wisconsin.gov/bmcw/progserv/INitiatives/SubGuardianship.HTM
8. Desde hace algún tiempo tengo el cuidado familiar de unos menores y recibo ayuda financiera del estado. Si obtengo la tutela legal de estos menores, ¿seguiré recibiendo esta ayuda?
Seguramente no. Los pagos por cuidado familiar continuarán una vez que usted sea nombrado como el tutor legal siempre y cuando tanto usted como los padres del menor, cumplan con los requisitos del Programa de Cuidado Familiar. Los pagos serán interrumpidos en el momento en que usted ya no cumpla con los requisitos necesarios para poder cuidar de hijos ajenos.
Por ejemplo, uno de los requisitos a cumplir es demostrar que los cuidados especiales que el menor requiere son atendidos mejor por usted que por los padres naturales del menor. Una persona encargada de realizar evaluaciones para el programa de cuidados familiares podría decidir que los pagos por cuidado familiar ya no son necesarios si es que el padre está criando a otro hijo sin inconvenientes. En dicho caso, los pagos por cuidados familiares podrían cesar incluso si es que el menor aún vive con usted. Los pagos también serían interrumpidos si es que el padre del menor se muda a vivir con usted. Consulte Wis. Stat. 48.57(3m), o para ver la lista completa de requisitos de cuidados familiar, visite http://dcf.wi.gov/children/kinship/prgserv/elireq.htm.
Si usted actualmente recibe pagos para ayudarle a cubrir los gastos por cuidar de hijos ajenos, y ha solicitado la tutela legal, asegúrese de incluir que el menor ha sido víctima de maltrato o abandono por parte de sus padres, si ese es el caso. Estos documentos ayudarán a establecer que es necesario que el menor viva con usted.
9. ¿Podré recibir ayuda financiera para cuidado familiar si obtengo la tutela legal de los menores?
No necesariamente. El obtener la tutela legal es un proceso judicial, y se lleva a cabo completamente por separado del proceso para recibir ayuda financiera bajo el programa de cuidado familiar. Recibir la tutela legal no necesariamente significa que usted cumple con los requisitos para recibir ayuda financiera para cuidado familiar (generalmente $215 por mes). Además, usted podrá recibir pagos de cuidado familiar aunque no tenga la tutela legal de un menor.
Para estar en posibilidades de recibir éstos subsidios usted deberá cumplir con los siguientes criterios:
- Si el menor regresara a vivir con sus padres estaría en necesidad de recibir servicios de protección;
- La colocación del menor deberá hacerse de conformidad con lo que más le conviene al menor; y
- Los padres deberán estar imposibilitados o no querer cubrir las necesidades básicas del menor.
Visite http://dcf.wisconsin.gov/ para imprimir una solicitud para cuidado familiar. Los residentes del condado de Milwaukee deberán enviar la solicitud por correo a Pérez-Pena Limited (la agencia que administra el cuidado familiar) localizada en el 126 S. 2nd. Street, Milwaukee WI 53204. Si tiene preguntas llame a Pérez-Pena al (414) 273-1262.
Los residentes de otros condados pueden encontrar información de los lugares a donde puede enviar los formularios si utilizan el Kinship Care Coordinator map. No todos los condados en el estado de Wisconsin cuentan con un programa de Cuidado Familiar.
10. ¿Existen pagos mensuales disponibles para familias adoptivas?
Si, pero solo si el menor requiere cuidados especiales y se encuentra bajo la jurisdicción del tribunal con una orden judicial de servicios y protección (CHIPS).
Cuidados especiales incluyen los siguientes:
- El menor tiene entre 10 y 18 años de edad.
- El menor es parte de un grupo familiar de tres o más que deberán permanecer juntos.
- El menor es miembro de un grupo racial y se enfrenta a dificultades de colocación por escasez de opciones
- El menor requiere cuidados especiales o corre el riesgo de adquirirlos (véase Wis. Admin. Code HFS 50.01(4) (j) )
- El menor presenta características de conducta, emocionales o de cuidados físicos/personales de tal forma que cumple con los criterios establecidos.
Además de los pagos mensuales, también podrá estar disponible un reembolso monetario para cubrir el costo de cuotas legales y médicas. Los pagos están disponibles en casos individuales. La cantidad será determinada de conformidad con los cuidados especiales que el menor requiera.
Para mayor información por favor visite http://dcf.wisconsin.gov/Children/adoption
Kids Matter Inc. 2010![]()
URL: KidsMatterInc.org
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